| Antecedentes
de la fundación de la ciudad de Oaxaca
La cédula real del 25 de abril de 1532 fue firmada por la
reina a nombre de Carlos V en la que se le daba carácter de ciudad a Antequera. Esta
había tenido la jerarquía de villa desde 1521 cuando las primeras tropas de españoles
encabezadas por Orozco arribaron al valle, y posteriormente en 1526 cuando llegaron los
primeros dominicos; pero estos intentos fueron, al parecer, poco afortunados ya que
también tuvieron que ratificarla como villa en 1529.
Desde 1529 Carlos V expidió una
real cédula en la que concedía a Hernán Cortés el título de marqués del Valle de
Oaxaca. Cortés siempre deseoso de obtener más tierras para su marquesado reclamaba para
sí una amplia extensión que él aseguraba, no tenía ningún asentamiento español, pero
la Primera Audiencia resolvió favorecer un nuevo emplazamiento hispano en las tierras del
centro del valle de Oaxaca o Huaxyacac, que inicialmente se le habían mercedado. Así,
Oaxaca cambió de nombre por el de Antequera, aunque en contadas ocasiones se le
denominaba indistintamente, o con los dos nombres: Oaxaca-Antequera, mientras que Oaxaca o
Huaxyacac con un asentamiento indígena, seguiría siendo parte de la merced otorgada a
Cortés.
La recién constituida ciudad de
Antequera había tenido su primer asiento formal a partir de la comisión conferida a Juan
Peláez de Berrio, quien en su carácter de alcalde mayor se le encomendó que fuera:
"
a la dicha provincia
de Guaxaca y mireis en ella el mejor asiento y sitio que os pareciera para en él fundar y
edificar la dicha Villa de Antequera (
) en el cual dicho sitio hareis hacer la traza
de la dicha villa con mucho orden y concierto, las calles señalando primeramente solares
para la iglesia, hospital y casas de Cabildo y la vuestra y de todos los otros vecinos que
llevais en una copia, los cuales han de ir luego con vos y mirando que a los alcaldes y
regidores y los otros oficiales del Concejo se les den solares en lugares más
preeminentes como en estas partes se acostumbra hacer y así a los otros por este
concierto según la calidad de cada persona
".
Así, a los pocos años de fundada
la ciudad de Antequera se comienzan a edificar importantes construcciones, tanto de la
administración pública, como del orden religioso y civil.
El centro histórico
de la ciudad de Oaxaca
Ya desde 1942, la XXXVIII
Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca emitió la "Ley sobre protección de
monumentos coloniales, artísticos e históricos y poblaciones típicas del estado"
para ser implementada por un comité central constituido por el gobernador del estado, el
inspector de la Dirección de Monumentos Artísticos, Arqueológicos e Históricos,
dependiente del Instituto de Historia y Arqueología, el jefe de la Oficina Federal de
Hacienda en el estado, el presidente municipal de la ciudad de Oaxaca y un ingeniero o
arquitecto titulado. En cada uno de los municipios del estado debía conformarse un
comité con las mismas funciones, es decir, la salvaguarda y protección de su patrimonio
cultural.
Posteriormente, el centro histórico
de la ciudad de Oaxaca comprendido en una superficie de 252 hectáreas, fue declarado zona
de monumentos históricos el 1 de marzo de 1976, creando para ello el Consejo del Centro
Histórico de la ciudad de Oaxaca que tenía entre sus principales funciones la de:
"
coordinar las
acciones tanto de las autoridades federales como locales, así como encauzar las
inquietudes del sector público, apoyando las acciones federales que ejecuten las
secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología y de Educación Pública en la protección
del patrimonio federal y natural, promoviendo la protección y catalogación de bienes
inmuebles de valor monumental y artísticos
Alentará la participación ciudadana en
la conservación del Centro Histórico, colaborando con las autoridades municipales en los
diversos problemas del casco histórico
".
En la Gaceta Municipal
del 15 de diciembre de 1998 se señala que tanto el sitio arqueológico de Monte Albán
como el mismo centro histórico fueron declarados por la UNESCO patrimonio de la humanidad
en 1987 y en el Plan Parcial de Conservación del Centro Histórico de la Ciudad de Oaxaca
así como en su Reglamento general, publicado en la misma gaceta, se hace un recuento del
patrimonio edificado. En este se señala la existencia de 22 inmuebles de arquitectura
monumental, 182 de arquitectura relevante, 544 de arquitectura tradicional y 735 como de
arquitectura popular. A partir de este balance se menciona que:
"El estado actual de los
inmuebles inventariados refleja un acelerado proceso de destrucción y deterioro del
patrimonio edificado, al encontrarse el 11 % inexistente, en ruinas o parcialmente
deteriorado, mientras que el 26 % presenta alteraciones graves, y el 11 % ha sido
subdividido; por lo cual sólo el 62 % se encuentra en buen estado".
Así, el patrimonio ha sido
considerado por la UNESCO como el punto de referencia de nuestra identidad y el legado que
se recibe del pasado, lo que se vive en el presente y se transmite a las futuras
generaciones. De acuerdo con este organismo en conjunción con el Consejo Internacional de
Monumentos y Sitios (ICOMOS) para que un monumento sea considerado como patrimonio mundial
debe reunir seis criterios de selección:
- Representar una obra maestra del genio creativo
humano, o
- Ser la manifestación de un intercambio considerable
de valores humanos durante un determinado periodo o en un área cultural específica, en
el desarrollo de la arquitectura, las artes monumentales, la planificación urbana o el
diseño paisajístico, o
- Aportar un testimonio único o por lo menos
excepcional de una tradición cultural o ce una civilización que sigue viva o que
desapareció, o
- Ser un ejemplo sobresaliente de un tipo de edificio o
de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre una etapa
significativa o etapas significativas de la historia de la humanidad, o
- Constituir un ejemplo sobresaliente de hábitat o
establecimiento humano tradicional o del uso de la tierra, que sea representativo de una
cultura o de culturas, especialmente si se han vuelto vulnerables por efectos de cambios
irreversibles, o
- Estar asociados directamente o tangiblemente con
acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas o creencias, o con obras artísticas o
literarias de significado universal excepcional.
Pero de todos ellos, el critero de autenticidad
del sitio y la forma en que está protegido y administrado es un factor de
primerísima importancia. El mecanismo en que esta autenticidad o credibilidad del
patrimonio mundial es verificada por la UNESCO proviene de los informes sobre el estado de
los sitios que presentan los paises inscritos así como las medidas adoptadas para
preservarlos. Cabe mencionar que si un pais incumple con sus obligaciones corre el peligro
de que sus sitios sean retirados de la lista del patrimonio mundial.
Toda vez que el Centro Histórico de
la ciudad de Oaxaca está constituido por 1483 inmuebles de géneros diversos considerados
como monumentos históricos, la evolución arquitectónica, socioeconómica y política a
través de las épocas prehispánica, novohispana, republicana y moderna se refleja en
esta ciudad y constituye un aporte fundamental de su larga historia. Por ello se ha
definido el origen de todo centro histórico como la ciudad misma, que comprende a:
"
su ámbito
geográfico más emblemático, dado que acúa como soporte material de su historia y de su
memoria colectiva y como tal posee un valor patrimonial singular puesto que su
especificidad es el resultado de un proceso histórico secular de construcciones,
destrucciones y/o reconstrucciones."
El 16 de abril de 1998 la comisión
de cultura de la Cámara de Senadores encabezada por el senador Fernández Garza del PAN
presentó una iniciativa de modificación a la fracción XXV del artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que fue aceptada por el pleno del
Congreso en el mes de enero del año 2000.
De forma inmediata, el 28 de abril
de 1999 propuso al Senado una iniciativa de Ley sobre el Patrimonio Cultural de la Nación.
En esta iniciativa se plantea una derogación de la Ley Orgánica del Instituto
Nacional de Antropología e Historia y la total modificación y reforma de la Ley Federal
sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos por la vía de conformar un
consejo de cultura que incluya a secretarios de estado y gobernadores, así como a los
"más destacados especialistas". En respuesta a ello, la comunidad científica y
cultural del país rechazó unánimemente tal propuesta teniendo como resultado su
congelamiento, es decir, fue puesta en reserva por considerarla una regresión respecto a
su materia legislativa.
A nivel local, el actual gobierno
libre y soberano del estado de Oaxaca decretó la creación de un Consejo Estatal de la
Cultura para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural del Estado de Oaxaca. Dicho
consejo, en el que llama la atención la ausencia de la representación del INAH local, lo
conforman el Gobernador del estado de Oaxaca, el Director del Instituto Oaxaqueño de las
Culturas, el representante de la oficina del Centro Historico de Oaxaca y el arquitecto
Javier Legorreta como miembro honorífico destacado. Este consejo pretendía ganarle la
partida a la misma iniciativa con la que se verían favorecidos los intereses
privatizadores del estado, pero hasta la fecha y con la misma improvisación con que se
formó dicho consejo, es el momento en que se desconoce el reglamento oficial con el que
pretende operar.
Objetivos de la
arqueología histórica
La arqueología histórica es el
estudio de las transformaciones sufridas por los pueblos indios bajo el dominio español
así como el estudio de los cambios socioeconómicos de las sociedades novohispanas,
republicanas y modernas por medio de metodologías y técnicas específicas de la
arqueología. Generalmente son trabajos que se realizan con enfoques multidisciplinarios
en donde intervienen, antropólogos físicos, arquitectos, biólogos, químicos e
historiadores. Por medio de una recuperación sistemática de materiales arqueológicos,
muebles e inmuebles, que son considerados como bienes patrimoniales, se puede armar el
complejo rompecabezas histórico. La naturaleza de los datos que se recuperan son el
resultado de hechos sociales concretos ocurridos bajo condiciones históricas
determinadas, por lo que estas investigaciones dan el soporte y la justificación
histórica a los bienes patrimoniales.
Uno de los principales indicadores
de la arqueología histórica es la arquitectura, a la que se asocian importantes
colecciones de artefactos ubicados en diversos contextos. El análisis de este indicador
combinando la metodología arqueológica y arquitectónica no es del todo nueva ya que
desde hace treinta años las escuelas inglesa, italiana y española desarrollaron este
tipo de estudio realizado a partir de la reconstrucción hipotética de la morfología de
los inmuebles desde el análisis estratigráfico de los paramentos caidos, toda vez que la
identificación de un inmueble, como si fuese éste un artefacto, nos lleva a concebirlo
como un sistema complejo compuesto de partes, es decir, de sus elementos arquitectónicos
de fábrica, instalaciones y acabados dentro de los cuales está sustentada una parte
preponderante del inmueble que se desea estudiar.
La identificación de tales
elementos nos permite entender al inmueble más allá del análisis arquitectónico,
estructural y de distribución de espacios, puesto que la puntual identificación de los
materiales constructivos de dichos elementos arquitectónicos nos conducen a establecer
las secuencias y etapas constructivas así como a desentrañar los conjuntos de procesos
sociales dados dentro de una clara división del trabajo que ocurre durante la
edificación.
Con ello la práctica de la
arqueología de la arquitectura identifica a los elementos arquitectónicos fechándolos,
convirtiéndose así en una metodología esencial para determinar cuáles de ellos son
originales y a qué época edilicia pertenecen para así brindar a restauradores y
arquitectos la posibilidad de restaurar elementos arquitectónicos de originalidad probada
científicamente y reducir la especulación reconstructiva que a todas luces le restan
credibilidad a los trabajos de esta clase.
Por lo anterior es fundamental que
estos trabajos se conviertan en una tarea institucional sustantiva y debiera ser
imprescindible su inserción dentro de las normatividades federales y estatales tal y como
se legisla para los entornos de la arqueología prehispánica. La aplicación diferencial
que de la normatividad se hace en centros históricos y emplazamientos novohispanos mina
la base sustancial del bien patrimonial que al no tomarlo en cuenta permite su
destrucción a nombre de una restauración moderna.
A consecuencia de los sismos de gran
intensidad ocurridos en julio y septiembre, especialmente el del 30 de septiembre de 1999,
en todo el estado de Oaxaca llegaron a afectarse en diverso grado poco más de 300
inmuebles históricos, religiosos y civiles en el cual gran cantidad de casas del siglo
XVIII y XIX ubicadas en el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca se vieron seriamente
dañadas. Aunádose a este fenómeno natural se sumaron las intensas lluvias y una secuela
de temblores de mucha menor intensidad que junto a la total ausencia durante años de
programas de mantenimiento y conservación tanto de los particulares como de las
institucionales gubernamentales y el completo abandono de varios de los inmuebles
provocaron en la gran mayoría de los casos una desestabilización estructural que
ocasionó que gran cantidad de muros de carga cedieran fácilmente ante los empujes
sísmicos.
En el centro histórico de Oaxaca,
las restauraciones, rehabilitaciones y reconstrucciones realizadas en un sinnúmero de
edificaciones históricas han afectado de manera determinante los contextos
arqueológicos, destruyendo evidencias sin la menor consideración, con la venia
institucional normativa y sin la intervención de arqueólogos especialistas. El origen de
esta situación existe desde el momento en que las investigaciones de arqueología
histórica se encuentran excluidas e ignoradas en el Reglamento del Centro Histórico
de la ciudad de Oaxaca, emitido con fecha del 15 de diciembre de 1998. En este
reglamento se autoriza, previa revisión del proyecto por parte de un cuerpo de
arquitectos, realizar modificaciones de toda índole al partido interior de los inmuebles
con la condición de que la fachada observe una homogénea regularidad en ritmos y alturas
con los inmuebles vecinos.
Pese a que en los últimos años se
han logrado realizar exploraciones arqueológicas dentro del entorno de algunos de los
inmuebles históricos (ex conventos de Santo Domingo de Oaxaca y Santa Catalina de Sena,
así como en la Plazuela del Carmen Alto de esta ciudad), aún se carece de un programa
permanente de arqueología urbana. A la fecha la situación no puede ser más grave
ya que tan sólo al no incluir en dicha reglamentación la investigación arqueológica,
además de no ser tomada en cuenta por el proyecto denominado como FONDEN 1999-2000 (no
sólo en la ciudad y centro histórico sino en prácticamente todos los inmuebles
históricos de la entidad que fueron dañados por los sismos), la afectación y
consecuente destrucción de contextos arqueológicos que se ha dado y continúa
ocurriendo, se puede calificar de catastrófica.
Tanto la Coordinación Nacional de
Monumentos Históricos, la Coordinación Nacional de Arqueología y la Delegación estatal
del INAH tienen ante sí una gran responsabilidad ante estos hechos por lo que deberán en
estricto apego a la normatividad vigente, implementar la creación y aplicación de un
programa permanente de arqueología histórica
El Programa del Fondo Nacional de
Desastres Naturales (FONDEN) del gobierno mexicano, puesto en marcha a raiz de las
afectaciones anteriormente mencionadas pone en evidencia y reafirma la falta de interés
en el conocimiento de su pasado patrimonial al evitar que arqueólogos especialistas
realizen las necesarias investigaciones en el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca. A
partir de su implementación se hizo patente la carencia de una aplicación concreta y
objetiva de la normatividad de la Ley vigente de 1972, por lo que la impunidad con la que
se ha actuado al reconstruir e incluso construir con formas nuevas las fachadas, no
resultaría tan grave como es el que el interior de esas mismas casas y que muchas se
encuentran tapadas por cubiertas provisionales o por las mismas fachadas que ya se
reconstruyeron, se aprovecha para modificar el partido arquitectónico de manera parcial o
totalmente, a la par que se ha alterado de forma irreversible a los contextos
arqueológicos del subsuelo de la ciudad.
Dichas acciones contravienen la Carta
de Venecia y la Carta Internacional para la Conservación de Poblaciones y Áreas
Urbanas Históricas de la que México es signatario, en la cual se establecen los
principios sobre conservación y restauración de monumentos y de conjuntos
histórico-artísticos. Si bien es cierto que en dichas cartas se deja a criterio de cada
nación la aplicación de los principios de acuerdo con su propia cultura y tradiciones,
estos principios contemplan acciones de mantenimiento, conservación y restauración de
los monumentos con el fin de evitar construcciones nuevas o destrucción y arreglo que
pudiera alterar las relaciones entre los volúmenes y los colores (art. 6, Carta de
Venecia). Como referencia y reflexión, hemos de citar el artículo 9 de la Carta de
Venecia a efecto de entender la trascendencia que a nivel internacional juegan las
modificaciones que se realizan en los conjuntos edilicios considerados como históricos:
"La restauración es una
operación que debe tener un carácter excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los
valores estéticos e históricos del monumento y se fundamenta en el respeto a la esencia
antigua y a los documentos auténticos. Su límite está allí donde comienza la
hipótesis: en el plano de las reconstituciones basadas en conjeturas, todo trabajo de
complemento reconocido como indispensable por razones estéticas o técnicas aflora de la
composición arquitectónica y llevará la marca de nuestro tiempo. La restauración
estará siempre precedida y acompañada de un estudio arqueológico e histórico del
monumento".
Estas alteraciones del subsuelo que
se llevan a cabo al realizar las excavaciones para las nuevas recimentaciones, hechura de
cisternas de agua e incluso de albercas, así como nivelaciones del terreno para conformar
nuevos espacios en el Centro Histórico, han generado que el patrimonio cultural edificado
tanto en época prehispánica como colonial, y en subsecuentes etapas históricas, sea
irremediablemente destruido, pudiendo llegar a convertirse los bienes patrimoniales
muebles en productos destruidos, de comercio clandestino o de usufructo paticular .
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