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Ciudad de Oaxaca, reconstrucción o conservación de un Centro Histórico patrimonio de la humanidad

 

Arqlga. Susana Gómez Serafín

Arqlga. Susana Gómez SerafínArqlgo.Enrique Fernández Dávila

Centro INAH Oaxaca

 

Antecedentes de la fundación de la ciudad de Oaxaca

La cédula real del 25 de abril de 1532 fue firmada por la reina a nombre de Carlos V en la que se le daba carácter de ciudad a Antequera. Esta había tenido la jerarquía de villa desde 1521 cuando las primeras tropas de españoles encabezadas por Orozco arribaron al valle, y posteriormente en 1526 cuando llegaron los primeros dominicos; pero estos intentos fueron, al parecer, poco afortunados ya que también tuvieron que ratificarla como villa en 1529.

Desde 1529 Carlos V expidió una real cédula en la que concedía a Hernán Cortés el título de marqués del Valle de Oaxaca. Cortés siempre deseoso de obtener más tierras para su marquesado reclamaba para sí una amplia extensión que él aseguraba, no tenía ningún asentamiento español, pero la Primera Audiencia resolvió favorecer un nuevo emplazamiento hispano en las tierras del centro del valle de Oaxaca o Huaxyacac, que inicialmente se le habían mercedado. Así, Oaxaca cambió de nombre por el de Antequera, aunque en contadas ocasiones se le denominaba indistintamente, o con los dos nombres: Oaxaca-Antequera, mientras que Oaxaca o Huaxyacac con un asentamiento indígena, seguiría siendo parte de la merced otorgada a Cortés.

La recién constituida ciudad de Antequera había tenido su primer asiento formal a partir de la comisión conferida a Juan Peláez de Berrio, quien en su carácter de alcalde mayor se le encomendó que fuera:

"…a la dicha provincia de Guaxaca y mireis en ella el mejor asiento y sitio que os pareciera para en él fundar y edificar la dicha Villa de Antequera (…) en el cual dicho sitio hareis hacer la traza de la dicha villa con mucho orden y concierto, las calles señalando primeramente solares para la iglesia, hospital y casas de Cabildo y la vuestra y de todos los otros vecinos que llevais en una copia, los cuales han de ir luego con vos y mirando que a los alcaldes y regidores y los otros oficiales del Concejo se les den solares en lugares más preeminentes como en estas partes se acostumbra hacer y así a los otros por este concierto según la calidad de cada persona…".

Así, a los pocos años de fundada la ciudad de Antequera se comienzan a edificar importantes construcciones, tanto de la administración pública, como del orden religioso y civil.

 

 

El centro histórico de la ciudad de Oaxaca

 

Ya desde 1942, la XXXVIII Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca emitió la "Ley sobre protección de monumentos coloniales, artísticos e históricos y poblaciones típicas del estado" para ser implementada por un comité central constituido por el gobernador del estado, el inspector de la Dirección de Monumentos Artísticos, Arqueológicos e Históricos, dependiente del Instituto de Historia y Arqueología, el jefe de la Oficina Federal de Hacienda en el estado, el presidente municipal de la ciudad de Oaxaca y un ingeniero o arquitecto titulado. En cada uno de los municipios del estado debía conformarse un comité con las mismas funciones, es decir, la salvaguarda y protección de su patrimonio cultural.

Posteriormente, el centro histórico de la ciudad de Oaxaca comprendido en una superficie de 252 hectáreas, fue declarado zona de monumentos históricos el 1 de marzo de 1976, creando para ello el Consejo del Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca que tenía entre sus principales funciones la de:

"…coordinar las acciones tanto de las autoridades federales como locales, así como encauzar las inquietudes del sector público, apoyando las acciones federales que ejecuten las secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología y de Educación Pública en la protección del patrimonio federal y natural, promoviendo la protección y catalogación de bienes inmuebles de valor monumental y artísticos…Alentará la participación ciudadana en la conservación del Centro Histórico, colaborando con las autoridades municipales en los diversos problemas del casco histórico…".

En la Gaceta Municipal del 15 de diciembre de 1998 se señala que tanto el sitio arqueológico de Monte Albán como el mismo centro histórico fueron declarados por la UNESCO patrimonio de la humanidad en 1987 y en el Plan Parcial de Conservación del Centro Histórico de la Ciudad de Oaxaca así como en su Reglamento general, publicado en la misma gaceta, se hace un recuento del patrimonio edificado. En este se señala la existencia de 22 inmuebles de arquitectura monumental, 182 de arquitectura relevante, 544 de arquitectura tradicional y 735 como de arquitectura popular. A partir de este balance se menciona que:

"El estado actual de los inmuebles inventariados refleja un acelerado proceso de destrucción y deterioro del patrimonio edificado, al encontrarse el 11 % inexistente, en ruinas o parcialmente deteriorado, mientras que el 26 % presenta alteraciones graves, y el 11 % ha sido subdividido; por lo cual sólo el 62 % se encuentra en buen estado".

 

Así, el patrimonio ha sido considerado por la UNESCO como el punto de referencia de nuestra identidad y el legado que se recibe del pasado, lo que se vive en el presente y se transmite a las futuras generaciones. De acuerdo con este organismo en conjunción con el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) para que un monumento sea considerado como patrimonio mundial debe reunir seis criterios de selección:

  • Representar una obra maestra del genio creativo humano, o
  • Ser la manifestación de un intercambio considerable de valores humanos durante un determinado periodo o en un área cultural específica, en el desarrollo de la arquitectura, las artes monumentales, la planificación urbana o el diseño paisajístico, o
  • Aportar un testimonio único o por lo menos excepcional de una tradición cultural o ce una civilización que sigue viva o que desapareció, o
  • Ser un ejemplo sobresaliente de un tipo de edificio o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre una etapa significativa o etapas significativas de la historia de la humanidad, o
  • Constituir un ejemplo sobresaliente de hábitat o establecimiento humano tradicional o del uso de la tierra, que sea representativo de una cultura o de culturas, especialmente si se han vuelto vulnerables por efectos de cambios irreversibles, o
  • Estar asociados directamente o tangiblemente con acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas o creencias, o con obras artísticas o literarias de significado universal excepcional.

 

 

Pero de todos ellos, el critero de autenticidad del sitio y la forma en que está protegido y administrado es un factor de primerísima importancia. El mecanismo en que esta autenticidad o credibilidad del patrimonio mundial es verificada por la UNESCO proviene de los informes sobre el estado de los sitios que presentan los paises inscritos así como las medidas adoptadas para preservarlos. Cabe mencionar que si un pais incumple con sus obligaciones corre el peligro de que sus sitios sean retirados de la lista del patrimonio mundial.

Toda vez que el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca está constituido por 1483 inmuebles de géneros diversos considerados como monumentos históricos, la evolución arquitectónica, socioeconómica y política a través de las épocas prehispánica, novohispana, republicana y moderna se refleja en esta ciudad y constituye un aporte fundamental de su larga historia. Por ello se ha definido el origen de todo centro histórico como la ciudad misma, que comprende a:

"…su ámbito geográfico más emblemático, dado que acúa como soporte material de su historia y de su memoria colectiva y como tal posee un valor patrimonial singular puesto que su especificidad es el resultado de un proceso histórico secular de construcciones, destrucciones y/o reconstrucciones."

 

El 16 de abril de 1998 la comisión de cultura de la Cámara de Senadores encabezada por el senador Fernández Garza del PAN presentó una iniciativa de modificación a la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que fue aceptada por el pleno del Congreso en el mes de enero del año 2000.

De forma inmediata, el 28 de abril de 1999 propuso al Senado una iniciativa de Ley sobre el Patrimonio Cultural de la Nación. En esta iniciativa se plantea una derogación de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia y la total modificación y reforma de la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos por la vía de conformar un consejo de cultura que incluya a secretarios de estado y gobernadores, así como a los "más destacados especialistas". En respuesta a ello, la comunidad científica y cultural del país rechazó unánimemente tal propuesta teniendo como resultado su congelamiento, es decir, fue puesta en reserva por considerarla una regresión respecto a su materia legislativa.

A nivel local, el actual gobierno libre y soberano del estado de Oaxaca decretó la creación de un Consejo Estatal de la Cultura para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural del Estado de Oaxaca. Dicho consejo, en el que llama la atención la ausencia de la representación del INAH local, lo conforman el Gobernador del estado de Oaxaca, el Director del Instituto Oaxaqueño de las Culturas, el representante de la oficina del Centro Historico de Oaxaca y el arquitecto Javier Legorreta como miembro honorífico destacado. Este consejo pretendía ganarle la partida a la misma iniciativa con la que se verían favorecidos los intereses privatizadores del estado, pero hasta la fecha y con la misma improvisación con que se formó dicho consejo, es el momento en que se desconoce el reglamento oficial con el que pretende operar.

 

Objetivos de la arqueología histórica

La arqueología histórica es el estudio de las transformaciones sufridas por los pueblos indios bajo el dominio español así como el estudio de los cambios socioeconómicos de las sociedades novohispanas, republicanas y modernas por medio de metodologías y técnicas específicas de la arqueología. Generalmente son trabajos que se realizan con enfoques multidisciplinarios en donde intervienen, antropólogos físicos, arquitectos, biólogos, químicos e historiadores. Por medio de una recuperación sistemática de materiales arqueológicos, muebles e inmuebles, que son considerados como bienes patrimoniales, se puede armar el complejo rompecabezas histórico. La naturaleza de los datos que se recuperan son el resultado de hechos sociales concretos ocurridos bajo condiciones históricas determinadas, por lo que estas investigaciones dan el soporte y la justificación histórica a los bienes patrimoniales.

Uno de los principales indicadores de la arqueología histórica es la arquitectura, a la que se asocian importantes colecciones de artefactos ubicados en diversos contextos. El análisis de este indicador combinando la metodología arqueológica y arquitectónica no es del todo nueva ya que desde hace treinta años las escuelas inglesa, italiana y española desarrollaron este tipo de estudio realizado a partir de la reconstrucción hipotética de la morfología de los inmuebles desde el análisis estratigráfico de los paramentos caidos, toda vez que la identificación de un inmueble, como si fuese éste un artefacto, nos lleva a concebirlo como un sistema complejo compuesto de partes, es decir, de sus elementos arquitectónicos de fábrica, instalaciones y acabados dentro de los cuales está sustentada una parte preponderante del inmueble que se desea estudiar.

La identificación de tales elementos nos permite entender al inmueble más allá del análisis arquitectónico, estructural y de distribución de espacios, puesto que la puntual identificación de los materiales constructivos de dichos elementos arquitectónicos nos conducen a establecer las secuencias y etapas constructivas así como a desentrañar los conjuntos de procesos sociales dados dentro de una clara división del trabajo que ocurre durante la edificación.

Con ello la práctica de la arqueología de la arquitectura identifica a los elementos arquitectónicos fechándolos, convirtiéndose así en una metodología esencial para determinar cuáles de ellos son originales y a qué época edilicia pertenecen para así brindar a restauradores y arquitectos la posibilidad de restaurar elementos arquitectónicos de originalidad probada científicamente y reducir la especulación reconstructiva que a todas luces le restan credibilidad a los trabajos de esta clase.

Por lo anterior es fundamental que estos trabajos se conviertan en una tarea institucional sustantiva y debiera ser imprescindible su inserción dentro de las normatividades federales y estatales tal y como se legisla para los entornos de la arqueología prehispánica. La aplicación diferencial que de la normatividad se hace en centros históricos y emplazamientos novohispanos mina la base sustancial del bien patrimonial que al no tomarlo en cuenta permite su destrucción a nombre de una restauración moderna.

A consecuencia de los sismos de gran intensidad ocurridos en julio y septiembre, especialmente el del 30 de septiembre de 1999, en todo el estado de Oaxaca llegaron a afectarse en diverso grado poco más de 300 inmuebles históricos, religiosos y civiles en el cual gran cantidad de casas del siglo XVIII y XIX ubicadas en el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca se vieron seriamente dañadas. Aunádose a este fenómeno natural se sumaron las intensas lluvias y una secuela de temblores de mucha menor intensidad que junto a la total ausencia durante años de programas de mantenimiento y conservación tanto de los particulares como de las institucionales gubernamentales y el completo abandono de varios de los inmuebles provocaron en la gran mayoría de los casos una desestabilización estructural que ocasionó que gran cantidad de muros de carga cedieran fácilmente ante los empujes sísmicos.

En el centro histórico de Oaxaca, las restauraciones, rehabilitaciones y reconstrucciones realizadas en un sinnúmero de edificaciones históricas han afectado de manera determinante los contextos arqueológicos, destruyendo evidencias sin la menor consideración, con la venia institucional normativa y sin la intervención de arqueólogos especialistas. El origen de esta situación existe desde el momento en que las investigaciones de arqueología histórica se encuentran excluidas e ignoradas en el Reglamento del Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca, emitido con fecha del 15 de diciembre de 1998. En este reglamento se autoriza, previa revisión del proyecto por parte de un cuerpo de arquitectos, realizar modificaciones de toda índole al partido interior de los inmuebles con la condición de que la fachada observe una homogénea regularidad en ritmos y alturas con los inmuebles vecinos.

Pese a que en los últimos años se han logrado realizar exploraciones arqueológicas dentro del entorno de algunos de los inmuebles históricos (ex conventos de Santo Domingo de Oaxaca y Santa Catalina de Sena, así como en la Plazuela del Carmen Alto de esta ciudad), aún se carece de un programa permanente de arqueología urbana. A la fecha la situación no puede ser más grave ya que tan sólo al no incluir en dicha reglamentación la investigación arqueológica, además de no ser tomada en cuenta por el proyecto denominado como FONDEN 1999-2000 (no sólo en la ciudad y centro histórico sino en prácticamente todos los inmuebles históricos de la entidad que fueron dañados por los sismos), la afectación y consecuente destrucción de contextos arqueológicos que se ha dado y continúa ocurriendo, se puede calificar de catastrófica.

Tanto la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos, la Coordinación Nacional de Arqueología y la Delegación estatal del INAH tienen ante sí una gran responsabilidad ante estos hechos por lo que deberán en estricto apego a la normatividad vigente, implementar la creación y aplicación de un programa permanente de arqueología histórica

El Programa del Fondo Nacional de Desastres Naturales (FONDEN) del gobierno mexicano, puesto en marcha a raiz de las afectaciones anteriormente mencionadas pone en evidencia y reafirma la falta de interés en el conocimiento de su pasado patrimonial al evitar que arqueólogos especialistas realizen las necesarias investigaciones en el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca. A partir de su implementación se hizo patente la carencia de una aplicación concreta y objetiva de la normatividad de la Ley vigente de 1972, por lo que la impunidad con la que se ha actuado al reconstruir e incluso construir con formas nuevas las fachadas, no resultaría tan grave como es el que el interior de esas mismas casas y que muchas se encuentran tapadas por cubiertas provisionales o por las mismas fachadas que ya se reconstruyeron, se aprovecha para modificar el partido arquitectónico de manera parcial o totalmente, a la par que se ha alterado de forma irreversible a los contextos arqueológicos del subsuelo de la ciudad.

Dichas acciones contravienen la Carta de Venecia y la Carta Internacional para la Conservación de Poblaciones y Áreas Urbanas Históricas de la que México es signatario, en la cual se establecen los principios sobre conservación y restauración de monumentos y de conjuntos histórico-artísticos. Si bien es cierto que en dichas cartas se deja a criterio de cada nación la aplicación de los principios de acuerdo con su propia cultura y tradiciones, estos principios contemplan acciones de mantenimiento, conservación y restauración de los monumentos con el fin de evitar construcciones nuevas o destrucción y arreglo que pudiera alterar las relaciones entre los volúmenes y los colores (art. 6, Carta de Venecia). Como referencia y reflexión, hemos de citar el artículo 9 de la Carta de Venecia a efecto de entender la trascendencia que a nivel internacional juegan las modificaciones que se realizan en los conjuntos edilicios considerados como históricos:

"La restauración es una operación que debe tener un carácter excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los valores estéticos e históricos del monumento y se fundamenta en el respeto a la esencia antigua y a los documentos auténticos. Su límite está allí donde comienza la hipótesis: en el plano de las reconstituciones basadas en conjeturas, todo trabajo de complemento reconocido como indispensable por razones estéticas o técnicas aflora de la composición arquitectónica y llevará la marca de nuestro tiempo. La restauración estará siempre precedida y acompañada de un estudio arqueológico e histórico del monumento".

Estas alteraciones del subsuelo que se llevan a cabo al realizar las excavaciones para las nuevas recimentaciones, hechura de cisternas de agua e incluso de albercas, así como nivelaciones del terreno para conformar nuevos espacios en el Centro Histórico, han generado que el patrimonio cultural edificado tanto en época prehispánica como colonial, y en subsecuentes etapas históricas, sea irremediablemente destruido, pudiendo llegar a convertirse los bienes patrimoniales muebles en productos destruidos, de comercio clandestino o de usufructo paticular .

 

 

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