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CARTA
DE BARCELONA DE DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL
1.
El
Patrimonio Cultural, derecho individual y colectivo fundamental.
La
concepción de Patrimonio ha ido democratizando progresivamente,
desde un pensamiento inicial elitista y eurocéntrico de Monumento
como hecho singular y aislado a la ampliación y
enriquecimiento de su contenido antropológico, con la inclusión
de conceptos como Conjuntos
histórico-artísticos y Patrimonio
Histórico-Artístico (h. 1933). Tras la independencia de los
países colonizados y la creación de la UNESCO, se ha elaborado
una nueva filosofía del Patrimonio
Cultural, más
abierta y universal, basada
en el concepto de Bien de
Interés Cultural (h. 1960). Más tarde con los de Patrimonio Oral e Inmaterial (h.1990), para la defensa de las
culturas habladas y no escritas; y, finalmente, con el de Patrimonio Vivo (2000, ver programa “Somos Patrimonio” del
Convenio Andrés Bello), en reconocimiento de los propios usuarios
y productores directos del Patrimonio Cultural y de los ciudadanos
de culturas vivas y/o interesantes y, por tanto, con la
incorporación de tal categoría como derecho fundamental de la
persona y de la colectividad que lo detecta.
La
ascensión de este pensamiento globalizador en defensa del
Patrimonio Cultural y de sus usuarios directos, es decir, tanto
del continente como del contenido, no ha de entenderse como una
categoría abstracta capaz de generar confusión con
generalizaciones del tipo “todo es patrimonio”, sino que ha de
referirse siempre a bienes concretos reconocibles y a las gentes
que los producen y usan.
2.
El
Patrimonio Cultural, concepción estratégica para toda afirmación
de conciencia de identidad colectiva y defensa de su propiedad
social y usofructo nacional.
El
valor de identidad del Patrimonio Cultural para la afirmación de
la conciencia colectiva de un pueblo, en una época de
despersonalización pasiva y de comercialización, vulgarización
y destrucción indiscriminadas de los valores auténticos locales
impuestos por la globalización, otorga a la filosofía del
mencionado Patrimonio Cultural, una importancia estratégica
fundamental en toda campaña de defensa activa de la personalidad
histórica y cultural de todo pueblo.
Resultan
muy preocupantes los intentos de privatizar, comercializar
libremente y desregularizar el control social del Patrimonio
Cultural por parte de los grandes intereses privados y gobiernos
neoliberales, como quien privatiza los recursos patrimoniales del
petróleo, la tierra, las aguas, la energía eléctrica y la
educación mediante reformas legislativas, como las propuestas de
una ley general del Patrimonio Cultural presentado en el Senado
mexicano en 1999, o la adquisición de los derechos de explotación
de todos los fondos artísticos y culturales del Museo Británico
por parte de Microsoft. Frente a ello, hay que reivindicar y
defender el incremento de la titularidad pública, el acceso
colectivo, su uso social y la pertenencia del Patrimonio Cultural
a cada pueblo, comarca, región o estado en que estén enclavados,
al propio tiempo que unas leyes conservacionistas que regulen su
extraterritorialidad a las diversas escalas mencionadas para
evitar el expolio de los grandes grupos económicos y de poder.

3.
Moralidad y ética de las intervenciones en el Patrimonio
Cultural.
La
defensa y conservación del Patrimonio Cultural parte de un
compromiso moral y ético de carácter altruista en pro del bien
común y basado en el conocimiento de los bienes culturales que se
pretende defender.

4.
La exigencia de participación y control democráticos en la
defensa y gestión del Patrimonio Cultural, necesidad básica de
toda colectividad.
De
la pertenencia colectiva del Patrimonio Cultural, tanto de la
sociedad actual como de las generaciones futuras, surge la
necesidad de que la participación directa de la sociedad en su
defensa y gestión sea más imperiosa.
Se
ha demostrado reiteradamente que la actuación de determinadas
Administraciones públicas e Instituciones de carácter cultural
—como algunas Academias, Universidades, etc.—, contrariamente
a lo que cabría esperar, han constituido una alarma social. Los
departamentos responsables de la conservación y gestión del
Patrimonio Histórico —sean Direcciones Generales, Servicios o
Comisiones de Patrimonio—, y en particular en el ámbito del
patrimonio arquitectónico y urbano, al contrario de lo que la
legislación les ordena, pueden ser considerados como los
principales responsables de su indefensión, alteración,
falsificación histórica, desfiguración o destrucción. Por todo
lo cual se impone la necesidad de participación y control
ciudadanos en los procesos de intervención sobre bienes
patrimoniales a través de comisiones de técnicos representativos
y cualificados conservacionistas, debates públicos y consultas
populares.
La
información pública continúa a lo largo de todo el proceso de
estudio y ejecución de las obras, así como la divulgación de
los ejemplos y criterios adoptados en las restauraciones de bienes
culturales, es una herramienta fundamental en el seguimiento y
control democrático del patrimonio colectivo, que hay que
contraponer a la política de los hechos consumados y a la
inaccesibilidad y falta de transparencia de la información que
practican a menudo las Administraciones públicas para evitar toda
crítica y debate sobre las intervenciones realizadas.

5.
Internet herramienta
fundamental para la
organización de la defensa cívica del Patrimonio Cultural.
Gracias
a la implantación progresiva de Internet en forma de correos
electrónicos, paginas web, foros de debate, etc., se dispone de
una herramienta fundamental para la interconexión de las personas
y colectividades concienciadas, hasta ahora muy aisladas, lo que
ha de permitir la organización coordinada y efectiva de la
defensa activa del Patrimonio Cultural.
No
obstante, los medios informáticos no pueden sustituir los
contactos personales y los encuentros colectivos directos en forma
de sesiones de trabajo, intercambio de experiencias, seminarios,
excursiones, etc., que, a causa de la gran conciencia social,
generosidad e inconformismo de las personas involucradas en la
defensa cívica del Patrimonio, son casi siempre ocasiones de
creación de relaciones de amistad profunda y mutuamente
enriquecedoras, a la par que una realización personal plena
debido a la defensa de unos objetivos sociales y a poder
participar directamente como protagonistas.
La
creación de la Red SOS-Monuments Iberoamericana de Protección
del Patrimonio Cultural, se inscribe como una herramienta mas
dentro de estas posibilidades, para poder coordinar y vertebrar un
campo de trabajo propio.

6.
Colaboración de los medios de comunicación en las campañas de
defensa del Patrimonio Cultural y creación de unos
reconocimientos públicos de aciertos y desaciertos de la
conservación del Patrimonio Cultural, como medio directo de
sensibilización social.
A
causa de la importancia de los medios de comunicación en nuestra
sociedad, se les invita a adquirir un grado de compromiso más
explícito en la difusión y defensa del Patrimonio Cultural, bien
incrementando su participación en forma de campañas, creando páginas
o espacios específicos, bien profesionalizando a los
comunicadores en los temas del Patrimonio Cultural.
Como
medio de reconocimiento o de reprobación social a los autores (técnicos,
empresas restauradoras, promotores y propiedad) de los ejemplos de
conservaciones bien hechas y/o actuaciones de concienciación y
defensa del patrimonio admirables y los de intervenciones
falsificadoras, agresivas o destructoras del patrimonio, la
experiencia de los nominaciones de “Admiraciones conservadas”
y “Admiraciones Destruidas” efectuadas por SOS-Monuments/Catalunya, constituye una referencia extensible a todo
el Estado Español.

7.
Economías de medios y desarrollo sostenible en las intervenciones
del Patrimonio Cultural.
La
conservación del Patrimonio Cultural tiene como uno de sus
principales enemigos la abundancia de dinero y la codicia que
genera. Por ello, ha de evitarse el derroche y preconizarse la
prudencia en las actuaciones, encaminadas fundamentalmente a
preservarlo con intervenciones mínimas y que sirvan siempre de
manera clara a los intereses colectivos.
La
gestión del Patrimonio Cultural, en vez de ser una carga, ha de
propiciar formas de desarrollo sostenible, para lo cual, es
fundamental, por un lado, la conservación de los bienes mediante
la aplicación de sistemas de actuación preventiva que ahorre
actuaciones elitistas de falso prestigio y reconstrucciones
falsificadoras, y, por otro, desarrollar actuaciones que
favorezcan el uso social del Patrimonio Cultural y la participación
de la propia comunidad en su uso y gestión.

8.
Revisión de las leyes de protección del Patrimonio Cultural
estatal y autonómicas.
Después
de los años transcurridos y de las experiencias no satisfactorias
habidas desde la promulgación de la Ley de Patrimonio Histórico
Español (1985) y las correspondientes leyes autonómicas que
regulan esta materia, se hace necesario efectuar el reordenamiento
preciso en las legislaciones estatal y autonómicas dadas sus
limitaciones, a la par que desarrollar los reglamentos de aplicación
de las leyes, que por ejemplo en Cataluña todavía no ha sido
redactado después de tantos años de publicarse la ley del “Patrimoni Cultural Català”.
En
diversos aspectos ha habido un retroceso respecto a la Ley del
Patrimonio Histórico-Artístico de 1933, tanto en lo que se
refiere a los criterios de intervención claramente
conservacionistas frente a la elusión y ambigüedad de las leyes
actuales, como al contenido social de los bienes patrimoniales con
la obligatoriedad del acceso público a los mismos, incluso en el
caso de ser privados.
Por
ello, se hace preciso:
8.1.
Revisión de atribuciones municipales y autonómicas.
Revisar
las atribuciones de las Administraciones locales y autonómicas
que con cierta frecuencia en las primeras, bien por actuaciones
excesivamente personalistas de los ediles, bien por estar
demasiado cerca de los intereses económicos locales
todopoderosos, bien por falta de luces u otras causas, son agentes
directos de la desfiguración, cuando no de la pérdida del
Patrimonio Cultural mediante estrategias como la descalificación
de Bien de Interés Cultural (BIC), sean de interés local o
nacional, cambios de ordenanzas vigentes, aprobaciones de planes
parciales encubridores de operaciones especulativas de densificación
edificatoria declaraciones de ruinas, y mil otras formas de
ingeniería legislativa.
8.2.
Redefinir criterios conservacionistas.
Redefinir
los criterios conservacionistas de intervención de forma más
explícita si cabe que los de la propia ley de 1933, dado el poco
efecto que tuvo a causa de la resistencia de los técnicos
restauradores a ser controlados.
8.3.
Corregir composición Comisiones Patrimonio Cultural.
Corregir
la composición de los miembros de las Comisiones del Patrimonio
Cultural, para permitir la incorporación de representantes de
asociaciones ciudadanas defensoras activas del patrimonio, así
como técnicos cualificados de probada trayectoria
conservacionista, en detrimento de la mayoritaria representación
de técnicos de la propia administración.
8.4.
Nuevo reparto de responsabilidades técnicas.
Repartir
responsabilidades técnicas en las intervenciones del Patrimonio
Cultural, en una eficaz labor en equipo, otorgando en cualquier
caso el mismo nivel de reconocimiento a todos los profesionales
del patrimonio, tanto a arquitectos como a historiadores,
historiadores del arte, geógrafos, arqueólogos, ingenieros, filósofos,
filólogos, músicos, etc., dependiendo de la naturaleza del bien
patrimonial sobre el que se va a actuar, la tipología e
importancia de las mismas.

9.
Condiciones de trabajo a exigir.
9.1.
Trabajo en equipo.
Desarrollar
un verdadero trabajo en equipo interdisciplinar democrático desde
el inicio y a lo largo de todas las fases del proceso restaurador,
a fin de sumar los máximos saberes en la mejor solución
respetuosa de la obra, en sustitución de soluciones de afirmación
personal inmaduras y abusivas la mayoría de las veces por parte
de los arquitectos en particular.
9.2.
Estudios rigurosos.
Efectuar
análisis rigurosos y constrastados de carácter histórico, estético,
estructural, constructivo, técnico, etc., según lo que
corresponda a cada temática a intervenir, todo ello conveniente
documentado y representado en una cartografia de calidad extrema.

9.3.
Confección de documentos técnicos cualificados.
A
modo de ejemplo y para los ámbitos de intervención en bienes
muebles o inmuebles, hay que elaborar Estudios
previos completos mediante análisis de patologías y diagnósticos
precisos y contrastados a partir de determinada importancia de las
obras a restaurar; confeccionar fichas
de inventario y seguimiento detalladas y positivas en los
casos de los bienes de carácter mueble y Libro
de obra en bienes inmuebles, de todas las fases de intervención;
y todo ello con suficiente documentación fotográfica y cartográfica;
y finalmente redactar una Memoria justificativa de la restauración una vez terminada, con la
argumentación del análisis crítico y de los criterios de
conservación aplicados, junto al conjunto de detalles precisos
para conocer todo el proceso seguido y con la precisa documentación
gráfica señalada.

10.
Criterios de intervención.
Dependiendo
del grado de protección de bien patrimonial en el que se ha de
intervenir y de sus valores históricos y artísticos, los
criterios de conservación se ponderarán adecuadamente.
De
forma sintética han sido enunciados por la escuela
conservacionista italiana y ya fueron formulados en el punto 8 de
la Carta de Figueres de fundación de SOS Monuments (1997), que repetimos aquí:

10.1
Míma intervención.
Mínima
intervención estrictamente necesaria.

10.2
Máxima documentación.
Máxima
documentación, tanto gráfica y fotográfica como histórica y técnica.

10.3
Reversibilidad real.
Verdadera
reversibilidad de las intervenciones.

10.4
Autenticidad.
Compatibilidad
de materiales, de técnicas y de la estética de las mismas, con
el fin de evitar recreaciones desfiguradoras de la identidad y de
la autenticidad del patrimonio.
Más
detalladamente, se complementan con:
10.5.
Visión de conjunto.
Valoración
de la visión de conjunto en las diversas escalas y etapas de
intervención, como criterio dominante que se contrapondrá con
las visiones de detalle o de parte, cuando sea necesario, en un
proceso dialéctico de ida y vuelta sucesivos.

10.6.
El respeto a todas las sucesivas etapas experimentadas por la vida
del bien patrimonial exige el conocimiento de la personalidad de
la obra que se va a proteger, que es a menudo ecléctica y
compleja, por su hibridez, mezcolanza o incomplitud. Hoy, gracias
al desarrollo alcanzado por los estudios históricos de las
diversas épocas y culturas, y de las historias especializadas del
arte, de la arquitectura, del urbanismo, de las diversas ingenierías,
etc., se puede resolver con eficacia el reconocimiento de los
bienes, por muy complejos que estos sean, para actuar con absoluto
y escrupuloso respeto.

10.7.
Defensa de las pátinas.
La
conservación de las pátinas naturales de envejecimiento de las
superficies es imprescindible para la valoración de la imagen de
una obra, por lo que estas pátinas merecen ser respetadas a pesar
de la complejidad del tema en el caso de las pinturas, donde los
criterios más exigentes desde la escuela brandiana, hasta las
defendidas por James Beck, constituyen un norte claro de cómo
proceder.
El
tratamiento de las pátinas constituye un largo rosario de falsas
justificaciones inadmisibles para una conciencia profesional
conservacionista exigente. En ocasiones son fruto de criterios
elusivos de responsabilidades teóricas y críticas, mediante
consideraciones exclusivamente técnicas y cientificistas
simplificadoras de un retorno a un estado inicial desconocido; y
en otras ocasiones son el resultado de la defensa de intereses
comerciales más o menos encubiertos a base de exigencias
funcionales, de economía, de mantenimiento, de seguridad, cuando
no directamente políticas, etc. Pero en ningún caso la limpieza
de métodos abrasivos o de recubrimiento que destruyen, cuando no,
agravan y acortan el periodo de pervivencia de la epidermis de la
piedra o materiales de acabado de la fachada, drástica o agresiva
está justificada en la conservación y protección de un bien.

10.8.
Conservación integral 1
En
el caso de edificios catalogados, no solamente hay que conservar
la fachada, sino también la tipología del edificio y sus partes
significativas, vanos y cubiertas, así como respetar las formas
originales del comportamiento mecánico del edificio, utilizando
los mismos materiales, elementos de acabado y decoración,
pátinas etc.
10.9.
Conservación integral 2
Respeto
absoluto a la unidad de la arquitectura, inseparable en sus
partes, sus elementos arquitectónicos, hasta su mobiliario —sea
un zócalo, un paño de azulejo una reja, una decoración
superpuesta de época posterior, un retablo o un coro—, a fin de
evitar las transformaciones y falsificaciones históricas.

10.10.
Defensa de la iluminación natural.
Respeto
escrupuloso en el uso de la iluminación artificial de los
monumentos y edificios catalogados, dado que tanto los
deslumbramientos exteriores, como la excesiva luz interior, aplana
los volúmenes y en los espacios internos destruye la “cultura
de la penumbra” que la sabia iluminación natural variable a lo
largo del día crea, con lo que se pierden las visiones históricas
espaciales propias de la época de pertenencia del edificio histórico,
tan ricas en matices, valores plásticos y sentidos propios. El
simple ejercicio de apagar las luces durante el día de los
interiores de los templos y otros edificios irracionalmente
iluminados, permite recuperar la identidad espacial de la época
en que fue construido.

10.11.
Silencios cómplices.
Se
hace necesario denunciar el silencio cómplice de los técnicos y
expertos hasta hoy involucrados en las tareas de la conservación
y gestión del Patrimonio Cultural. La positiva incorporación de
arqueólogos e historiadores en las Administraciones municipales
para la conservación y gestión del Patrimonio Cultural, no ha
resuelto la dificultad que presenta a menudo la arqueología
urbana. El arqueólogo tiene el difícil cometido de valorar y
defender frente a sus superiores políticos la conservación de
los restos arqueológicos que se descubren, lo que entraña muchas
dificultades por afectar al elevado valor del suelo urbano. Las
labores de fotografía, cartografía y traslado de los restos o su
reproducción museográfica en otra parte, no son soluciones
suficientes, por lo que debe exigirse un respeto integral de los
restos arqueológicos, una ampliación de
revalorización arqueológica a todos las épocas y una
valentía mayor para defender estos valores patrimoniales frente a
los políticos.

10.12
Excavaciones cuidadosas y mesuradas.
El
carácter científico de las excavaciones arqueológicas se
convierte a veces en el único criterio rector de la restauración
arquitectónica. La agresividad de ciertas excavaciones arqueológicas
integrales someten al edificio histórico intervenido a un raspado
desmedido que provoca la pérdida de la identidad arquitectónica
del edificio hasta convertirlo en casi una ruina.
10.13
Perversión de las falsificaciones históricas.
El
efecto más perverso de las falsificaciones históricas
—musicales, bibliográficas, pictóricas, escultóricas o
arquitectónicas— efectuadas parcialmente en un proceso de
restauración, es la pérdida de valor de la obra porque la
confusión introducida llega a poner en duda la autenticidad
general del conjunto de la obra.
III.
REVINDICACIONES CONCRETAS
La
declaración de principios de la presente Carta de Barcelona se
complementa con la manifestación de solidaridad surgida entre las
diversas asociaciones y grupos participantes, dada la identidad de
objetivos perseguidos y herramientas en la lucha de defensa del
Patrimonio Cultural común, por lo que se adoptan los siguientes
compromisos:

1.
No a las
sustituciones escultóricas de fachadas.
Denunciar
y rechazar como medio de conservación del patrimonio la sustitución
de quince estatuas originales de la fachada de Santa María de la
Catedral de Burgos por unas copias sintéticas, cuyo resultado es
doblemente negativo. Por un lado, la sustitución falsifica y
empobrece el conjunto de la catedral y, además, las quince
estatuas una vez desmontadas de su lugar también pierden su valor
por pérdida de su significación y de su sentido estético que
tenían íntimamente ligado al lugar que ocupaban en la fachada.
Su museización carece de sentido, dado el carácter esquemático
que se obtiene de su visión cercana e individual cuando fueron
pensadas y ejecutadas para emplazarse a gran altura dentro del
conjunto de la fachada y para ser vistas formando parte
indisociable, como un elemento arquitectónico, de la fachada,
además de las erosiones sufridas por el desgaste del tiempo que
las empobrece aún más.
2.
Tarragona, Patrimonio de la Humanidad amenazado.
Constatar
la simple política de imagen desarrollada por el Ayuntamiento de
Tarragona tras ser incluido en la Lista del Patrimonio Mundial el
conjunto arqueológico de Tarragona, lo que no se corresponde con
el real compromiso de defensa de dicha herencia, ni por parte de
la Direcció General del
Patrimoni Cultural, ni por el propio Ayuntamiento de la
ciudad. Recuérdese el “affaire”
de los restos paleocristianos hallados en los terrenos comprados
por la empresa Eroski, o
el de la destrucción de los restos de la maquinaria hidráulica
del siglo XIV de la Plaça de la Font, etc. En sentido contrario, hay que valorar muy
positivamente la labor más que centenaria de defensa activa del
Patrimonio Cultural romano de la Reial
Societat Arqueològica Tarraconense, decana seguramente de
todas las asociaciones españolas de protección del Patrimonio
Cultural.

3.
Destrucción del Parque Arqueológico del “Convent de
Sta. Caterina” de Barcelona.
Denunciar
la doble actuación del Museu
d’Història de Barcelona con respecto a los restos arqueológicos
del Convent de Santa
Caterina, que mientras por un lado lleva a cabo unas
excavaciones y documentación bien hechas de este auténtico
parque arqueológico revalorizado por la centralidad urbanística
de la plaza desarrollada a su entorno, por otro lado dejan que lo
destruyan totalmente para poder situar un aparcamiento subterráneo
sin levantar ninguna voz en defensa del mismo por considerar que
dichos restos no tienen suficiente importancia, por no ser ni
romanos, ni románicos (excepto un pequeño ábside que sí se
conserva). La abundancia de restos arqueológicos de época gótica
en Barcelona parece ser la causa de su propio desprecio, a pesar
de la gran extensión y categoría de un claustro, una sala
capitular y un refectorio góticos y una gran parte de una iglesia
también gótica completa y perfectamente reconocibles y de una
cripta deciochesca encontrada en perfecto estado de conservación
y también destruida.

4.
“La Model per la Cultura”.
Apoyar
la propuesta realizada por la Plataforma
de “La Model per a la Cultura”, compuesta por siete
asociaciones ciudadanas, de conservar el conjunto principal del
complejo penitenciario de “La Model” de Barcelona y de la construcción en su entorno del “Jardí
de la Llibertat”. La salvaguarda del panóptico con su torre
central y sus seis galerías de dicha cárcel conseguida por la
Plataforma, es una victoria parcial frente al objetivo señalado.
La
operación de ingeniería urbanística municipal para recalificar
el solar de la cárcel que ocupa dos manzanas del ensanche
barcelonés, actualmente calificado como zona de equipamiento y
verde público, en zona parcialmente edificable (a fin de permitir
la construcción de un hotel, un edificio de oficinas y de
viviendas para jóvenes, para que con su venta, financiar una
nueva cárcel fuera de Barcelona), es la excusa que la plataforma
ciudadana denuncia como escandalosamente especulativa e impropia
de toda administración que se precie de no dilapidadora del
patrimonio público, a las que contrapone la conservación del
conjunto de “La Model”
para uso de equipamientos para el barrio y la ciudad.

5.
Desfigurar restaurando: el jardín histórico del “Turó Park”
de Barcelona.
Denunciar
la intervención del Ayuntamiento de Barcelona en el Jardí
del Turó Park y
apoyar el movimiento vecinal para su preservación. Dicho jardín,
obra del arquitecto paisajista Nicolau Mª Rubió i Tudurí, discípulo
del J.-C.-N. Forestier, a pesar del abandono planificado de los últimos
15 años, es una “square”
o jardín de barrio, muy hermoso y protegido por una barrera
arbustiva espesa que protegía su delicada intimidad compuesta por
diversos espacios ajardinados de carácter contrapuesto y
complementario. La proverbial ignorancia del Servicio de Parques y Jardines Municipal, ha sometido dicho jardín
histórico a un proyecto de “restauración” que atenta contra
su supervivencia. Se ha pretendido diezmar la pantalla vegetal
mediante una transparencia total del parque, complementada con las
aperturas de nuevas puertas para facilitar la atracción comercial
de las tiendas periféricas y la de público mediante la ampliación
de una plaza central con la dotación de un restaurante. Gracias a
la oposición de diversas asociaciones y en especial de la Plataforma de Defensa del Turó Park, se ha limitado el alcance de
las intervenciones planificadas.

6.
Agresión urbanística en el entorno del “Jardí Botànic”
de Valencia.
Lamentar
la agresión urbanística en el entorno del Jardí Botànic de Valencia. Desde que en 1995 ciudadanos
valencianos se pusieran en acción para evitar la construcción de
tres torres de 21 plantas al lado mismo del jardín, se han
conseguido algunos buenos resultados para la ciudad. Dos de estas
torres, tras la negociación con los promotores, han trasladado su
edificabilidad, pero con solo 11 plantas y ocupando mayor
superficie, volumen que continua siendo agresivo en el entorno del
Jardí Botànic. Lo
grave es que esta actuación se situa en la cornisa histórica de
la ciudad, sobre el cauce del antiguo Turia, y en un conjunto
declarado Bien de Interés Cultural compuesto por el Col·legi
dels Jesuïtes, la iglesia de Sant
Miquel y el propio Jardí
Botànic.
7.
Salvemos el “Cabanyal-Canyamelar”.
Denunciar
la cerrazón del Ayuntamiento de Valencia por pretender aprobar el
Plan Especial de Protección (obsérvese la ironía) y Reforma
Interior del conjunto Cabanyal-Canyamelar
que con la prolongación
de la gran avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar, destruiría el
barrio marítimo del Cabanyal-Canyamelar,
tan cualificado desde el punto de vista urbanístico y arquitectónico,
con su gran cantidad de edificios modernistas. La gran lucha
llevada a cabo por la Plataforma “Salvem el Cabanyal”, de más de dos años de duración,
con toda una inmensa batalla de movilizaciones y de recursos,
denuncias, impugnaciones, etc., con el apoyo de mas de 70.000
firmas recogidas y multitud de informes técnicos de especialistas
nacionales y extranjeros en urbanismo, así como unas campañas de
apoyo de sensibilización cultural con amplia repercusión
internacional, etc.; todo ello parece que insuficiente para
despertar la conciencia de unos ediles todavía anclados en un
urbanismo del siglo XIX, a base de aberturas de grandes vías y
con una visión fallera de una Valencia sólo para turistas.
8.
Denunciar las destrucciones.
No
silenciar nunca las destrucciones de los bienes culturales
significativos. La denuncia de una pérdida inadmisible que ha
llevado a cabo con permanente y loable resistencia, la Coordinadora
de Defensa del Patrimoni Històric i Artístic de Breda (Girona),
sería incomprensible si la arrogancia e ignorancia de los ediles
no empezara a ser conducta común en una serie de casos, como el
de la destrucción del Colegio de los Escolapios de Solsona
(Lleida) o la actual desfiguración de la Plaça
Major de Santa Coloma de Queralt (Tarragona) mediante un
aparcamiento subterráneo, etc.
El
recurso ganado por la mencionada Coordinadora
con la denuncia al Ayuntamiento por la inculta reconstrucción del
Palacio del Abad, no parece frenar la política de desmanes
municipales de esta pequeña población gerundense, como la
redacción de un Plan Especial de Reforma Interior totalmente
insuficiente para la defensa real del patrimonio arquitectónico
del centro histórico.
9.
Defensa del Asilo Adelaida Muro de A Coruña.
Prestar
el apoyo unánime a las personas y colectivos ciudadanos que se
han comprometido en la defensa del Asilo de Ancianos de Adelaida
Muro de A Coruña, cuyo valor patrimonial se fundamenta en su
importancia social, por la asistencia que ofrece a los ancianos más
necesitados, dentro de su entorno vital, en su propio barrio; en
su valor como institución cívica, puesta en pie y sostenida por
la ciudadanía coruñesa durante más de cien años; y, su valor
cultural, por su importancia arquitectónica e histórica dentro
de la ciudad, y sobre todo, del barrio de Monte Alto.
Así
mismo solicitar a las autoridades y demás responsables de esta
operación especulativa que rectifiquen su actitud y eviten la pérdida
de este asilo y su sustitución por viviendas de alto “estanding”, que tendría como consecuencia la destrucción
irreparable de un espacio público e intensificaría las graves
deficiencias urbanísticas que ya padece el barrio.
10.
Denuncias varias sevillanas.
Denunciar
un caso típico de expoliación, como son las obras de
rehabilitación llevadas a cabo en la iglesia de San Vicente, en
Sevilla, edificio singular ubicado dentro del conjunto histórico
de esta ciudad. Así, una serie de intervenciones autorizadas por
la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico han tergiversado
gravemente la unidad histórica consolidada del referido inmueble,
que supone, entre otras cosas, la destrucción de la decoración
neogótica del sector de los pies, realizada a finales del siglo
XIX. Ello implica también el desmantelamiento del coro
dieciochesco de Juan de Vilches y su traslado al presbiterio, lo
que imposibilita la visión general del retablo mayor, además de
la eliminación de los canceles, rejas, púlpitos caja de órgano,
azulejos y otras piezas igualmente consustanciales al edificio.
Este hecho, no sólo atenta contra las directrices del Consejo del
Patrimonio Histórico, votadas por la propia Junta de Andalucía
(8 de mayo de 1998), sino que se suma a otros despropósitos
similares, como la eliminación de los coros de las iglesias de
San Gil de Écija, y de Santiago y San Román en Sevilla.
Lamentar,
además, las gravísimas alteraciones llevadas a cabo en el
monasterio cisterciense de San Isidoro del Campo, primer monumento
andaluz en ser declarado como tal, en el que so pretexto de
construir una biblioteca para el estudio del edificio y sus obras
de arte, se ha destruido parte de éste, sin que hasta ahora se
haya depositado un solo volumen. A esto hay que añadir los
desmanes perpetrados en el templo de San Bartolomé por las
arbitrariedades de un proyecto de rehabilitación, sin un
inventario serio, que no ha valorado muchos de los elementos que
ahora faltan: puertas, mesa de altar, rejas, escalinata de mármol
original del presbiterio, pavimento original, confesionarios,
etc., y en la iglesia mudéjar de San Andrés (Bien de Interés
Cultural —BIC—), que tras la restauración, se echa en falta
numerosos azulejos y varios retablos, entre otros bienes.
Exigir
con urgencia la adecuación de las ordenanzas urbanísticas
vigentes de Sevilla a la Ley de Patrimonio Histórico Español,
para que cese la especulación que está aniquilando sistemáticamente
el resto del caserío catalogado de la ciudad, como una clara
vulneración de esa Ley; lo cual ha dado lugar a hechos tan
tristes como la demolición del palacio catalogado de los Medina,
de estilo barroco, y de la desnaturalización tipológica y urbana
del barrio de San Luis y del arrabal de San Bernardo. Exigir también
que el convento de Santa Clara (BIC), futuro museo de la ciudad,
uno de los más antiguos y significativos de Sevilla, sea
respetado en su integridad, incluso en sus elementos más
populares, todos ellos de valor etnográfico, recordando que su
continente y contenido son tan museable o más que el programa
museográfico que se proponga.
Barcelona,
26 de mayo de 2001
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